Por Carlos Emilio López
La nueva Constitución Política Revolucionaria de Nicaragua responde a los nuevos tiempos. Tiempos de paz, tiempos de victorias, tiempos del Pueblo Presidente, tiempos de una patria libre, soberana, independiente, próspera, justa, inclusiva. Patria solidaria y digna.
Vamos a conversar familias nicaragüenses sobre los grandes pilares de las reformas a la Constitución Política.
Estas reformas ya están vigentes, ya son ley de la República, ya son de obligatorio cumplimiento, porque ya están publicadas en La Gaceta, Diario Oficial de la República.
El mismo texto de la Reforma señala que entrarían en vigencia al momento de su publicación en La Gaceta. Así que ya tienen vida y ya rigen el ordenamiento jurídico, político, institucional, social, comunitario y familiar de Nicaragua.
Una Constitución es eso, es la Carta Magna, es la Ley Fundamental, es la Ley Matriz, es el cuerpo jurídico que regula el funcionamiento del Estado, el funcionamiento de la sociedad.
Reformas constitucionales se consagra a los héroes y heroínas
En estas reformas constitucionales se consagra a los héroes y a las heroínas que a lo largo de la historia de Nicaragua han luchado contra el colonialismo europeo, contra el colonialismo español en la Costa del Pacífico y contra el colonialismo inglés en la Costa del Caribe.
Estas reformas consagran y dejan plasmado en la letra de la Constitución, en su Preámbulo, a los Héroes y las heroínas que han luchado contra el neocolonialismo yankee, que han luchado contra la dictadura de los Somoza, a los fundadores del Frente Sandinista de Liberación Nacional. A todos aquellos héroes y heroínas que a lo largo de la historia se han opuesto a todas las formas de dominación y de
explotación imperial y oligárquica. Es decir, de las élites económicas, religiosas, políticas del país que se encargaron de concentrar la riqueza.
La Constitución Política originaria de 1987 ya incluía un listado de héroes, entre ellos: los caciques Nicarao y Diriangèn; Tomás Ruiz Romero, Cleto Ordóñez Bermúdez, José Dolores Estrada, Andrés Castro, Emmanuel Mongalo y Rubio, Rubén Darío, el General de Hombres y Mujeres Libres Augusto C. Sandino, Blanca Estela Arauz, Rigoberto López Pérez, el comandante Carlos Fonseca fundador del Frente Sandinista de Liberación Nacional, Pedro Joaquín Chamorro, el Cardenal de la Paz Miguel Obando y Bravo.
Reforma amplían galería de Héroes y Heroínas
Con las reformas se amplía esa Galería de Héroes y Heroínas. Dentro de los que se han incluido en las reformas constitucionales tenemos: al cacique Adiact, a Fray Antonio de Valdivieso, a los Indios Flecheros de Matagalpa, a José Santos Zelaya; a Miguel Ángel Ortez, a Francisco Estrada, a Juan Pablo Umanzor, que fueron parte de la dirección del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional.
A estudiantes protagonistas de la jornada gloriosa de la juventud, a Santos López que fue el eslabón entre el Ejército Defensor de la Soberanía Nacional y el FSLN; a Tomás Borge fundador del FSLN, a Camilo Ortega Apóstol de la Unidad del Frente Sandinista, a Julio Buitrago Arauz, a Leonel Rugama poeta que su lírica todavía inspira al movimiento revolucionario en Nicaragua; al Comandante Germán Pomares a las mujeres del Cuà, al niño icono Luis Alfonso Velázquez Flores, a Gaspar García Laviana, a los jóvenes de San José de Las Mulas y a ese héroe de la solidaridad Roberto Clemente.
La Constitución nueva, la Constitución reformada institucionaliza y moderniza el Estado Revolucionario. Estado que empezó su configuración en la Primera Etapa de la Revolución entre 1979 y los primeros meses de 1990, y que en esta Segunda Etapa de la Revolución del año 2007 a la fecha se ha venido configurando.
Queda plasmado el Estado Revolucionario
Ahora, con estas reformas queda plasmado en la letra de la Ley Superior el Estado Revolucionario donde la soberanía reside en el pueblo, donde el poder reside en el pueblo.
El pueblo es el depositario del Poder y el titular del poder. Es el que ejerce el poder. El pueblo ejerce el poder revolucionario a través de la Democracia directa.
El pueblo ejerce el Poder Revolucionario por medio de la Presidencia de la República.
Queda consignado con nitidez, con diafanidad que la Presidencia de la República ejerce la Jefatura de Estado y de Gobierno.
La Presidencia de la República hoy está integrada por un Copresidente y una Copresidenta. Y como Jefatura de Estado la Presidencia de la República coordina el Órgano Legislativo, el Órgano Judicial, el Órgano Electoral, el Órgano de Control y fiscalización del Estado –que está conformado por la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público–. Esas tres instituciones conforman el órgano de fiscalización y control.
La Presidencia de la República coordina además las entidades Regionales y Municipales.
Constitucionaliza Modelo de Pueblo Presidente
Estas reformas constitucionalizan el Modelo del Pueblo Presidente. El Modelo de Democracia directa. La Presidencia de la República ejerce la Jefatura Superior del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio Público, que son las tres instituciones garantes de la paz, de la seguridad y de la estabilidad del país.
Con estas reformas constitucionales se consolidan los derechos colectivos del pueblo, se reitera que el pueblo de Nicaragua tiene el derecho a la independencia, a la soberanía y a la autodeterminación.
La independencia, la soberanía y la autodeterminación como derechos irrenunciables e inalienables del pueblo.
Agrega el Derecho a la Paz y la Seguridad
Estas reformas agregan a esos derechos colectivos, el derecho a la paz y el derecho a la seguridad.
La Constitución originaria no expresaba con literalidad el derecho a la paz. Ahora este derecho cruza el tejido del articulado de la Constitución.
En estas reformas se define la lucha por la integración Regional de la gran patria latinoamericana y caribeña, dentro de un orden mundial multipolar.
Queda claramente establecido en las reformas que el Estado de Nicaragua en su política exterior aboga, lucha y se inscribe en ese nuevo orden multipolar, donde todos los Estados son soberanos e independientes y deben de ser reconocidos, y ningún imperio puede invadir, interferir o hacer algún tipo de injerencia a lo interno de los países.
En este sentido queda señalado en la Constitución Política, que el Estado de Nicaragua respeta los principios, los fundamentos del Derecho Internacional del Derecho Humanitario.
Se constitucionalizan las Sentencias de la CIJ
Se constitucionalizar las sentencias de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Sentencias que amplían los límites territoriales de Nicaragua, los espacios fronterizos de Nicaragua. Ahora ya Nicaragua no solamente limita con Costa Rica, con Honduras, con el océano Pacífico y con el Mar Caribe, sino además con Panamá, con Haití, con la plataforma marítima de Colombia. Eso está establecido en las sentencias de la Corte y ahora quedan constitucionalizada.
Así mismo, se constitucionaliza la sentencia de la Corte Internacional de Justicia, donde condena al gobierno de los Estados Unidos por violentar los derechos colectivos del pueblo y del gobierno de Nicaragua. Se condena al imperialismo norteamericano por financiar a la contrarrevolución y por causar daños materiales y espirituales a nuestra nación, a nuestro pueblo. Y donde se manda a indemnizar por esos daños causados.
Esa sentencia hoy está más viva que nunca, porque quedó plasmada en el articulado de la Constitución.
Se constitucionaliza el Modelo de Restitución de Derechos
Con estas reformas se institucionaliza el modelo de restitución de derechos, de Justicia Social, de Democracia Directa, de desarrollo humano, de desarrollo centrado en la persona, en la familia y en la comunidad, quienes son los protagonistas de este modelo –las personas, familias y comunidades–, son el origen y el fin de la gestión del Estado revolucionario, señala la reforma.
Ese Estado Revolucionario asume como su principal tarea, su misión esencial la lucha por erradicar la pobreza y garantizar el bien común, la seguridad y la paz para todo el pueblo de Nicaragua.
Con estas reformas se reitera que el Estado de Nicaragua se fundamenta en valores Cristianos, en ideales Socialistas y en prácticas Solidarias.
Estado socialista, porque se redistribuyen los ingresos nacionales en favor del desarrollo de todas las personas, de todo el pueblo, sin discriminación sin exclusión.
Reconoce a la familia como centro convivencia
Estas reformas reconocen a la familia como centro de convivencia comunitaria. A la familia como forjadora de valores, que desde el amor promueve el humanismo, la tolerancia y la armonía. Quizás esta sea una de las pocas constituciones en
el mundo que hablen de amor. Ahí está plasmado ese valor universal reconocido por todas las corrientes filosóficas, humanísticas del planeta. El amor como un segmento social importante dentro de la familia y de la comunidad.
Estas reformas constitucionales robustecen y amplían todos los derechos del pueblo, fortalecen los derechos individuales, los derechos civiles, los derechos políticos, los derechos económicos, los derechos sociales los derechos culturales, los derechos de la Madre Tierra como ser vivo. La Madre Tierra como ser que existe en interdependencia con la humanidad. La humanidad no puede existir, no puede sobrevivir sin la vida de la Madre Tierra.
Estas reformas constitucionales aseguran la participación protagónica de las mujeres en todos los espacios.
Ahora la Ley Suprema establece que la Presidencia de la República está conformada por un Copresidente, que es el comandante Daniel Ortega y una Copresidenta, la compañera Rosario Murillo.
Elevan participación de la mujer al más alto nivel
Estas reformas han llevado la participación de la mujer al más alto nivel dentro del Estado, porque la Presidencia ejerce la Jefatura de Estado y de Gobierno.
Además, que queda consignada la participación de la mujer dentro de la Presidencia, también queda consignado en la Constitución la participación de la mujer en todos los cargos de elección popular. El 50% de todos los cargos de elección popular, por mandato constitucional debe estar conformado por mujeres. Es decir, las mujeres en la Asamblea Nacional, las mujeres en las municipalidades, en las alcaldías, vicealcaldías y concejalías regionales y municipales.
Las mujeres en el ejercicio del servicio público dentro del Órgano Judicial, porque ahora la Constitución señala que de 10 magistraturas en la Corte Suprema de Justicia al menos cinco deben de ser mujeres. No va a haber un órgano de Estado en donde no exista una participación protagónica de las mujeres.
Estas reformas reconocen el protagonismo de las mujeres en todos los campos: económico, social, político y cultural. Se reitera entonces en nuestra Constitución la igualdad absoluta de derechos entre hombres y mujeres.
Amplía los Derechos de los pueblos originarios
Estas reformas constitucionales ratifican y amplían los derechos de los pueblos originarios y afrodescendientes dentro de un Estado unitario e indivisible.
Estas reformas garantizan los derechos de los mayangnas, de los garífunas, de los misquitos, de los creol, de los ulwas, de los ramas, de todos los pueblos originarios del Caribe, de todos los pueblos originarios del Pacífico y los pueblos afrodescendientes. Sí, en un Estado unitario e indivisible.
Estas reformas consolidan un Estado sistémico, un Estado armónico, un Estado Unificado.
Los derechos ancestrales de los pueblos originarios y afrodescendientes, los derechos a sus cosmovisiones, sus derechos a sus tradiciones, sus idiomas maternos u originarios, sus formas de organización, sus formas de tenencia de la propiedad. Todos esos derechos por los cuales los pueblos ancestrales lucharon
y que se empezaron a reconocer en la Primera Etapa de la Revolución en la Constitución originaria y con la Ley de Autonomía de la Costa Caribe, hoy con estas reformas se fortalecen.
Reconocimiento a los Derechos de la Juventud
Asimismo, se fortalecen los derechos de la juventud. En la Constitución Originaria apenas había una mención a la juventud. Hoy en estas reformas se reconoce a la juventud como protagonista activa de todas las luchas epopeyicas del pueblo de Nicaragua.
Se reconoce a la juventud como protagonista de las luchas antimperiales y de liberación nacional. Queda plasmado en la Ley Superior que la juventud, la juventud de todos los tiempos, es patrimonio de la nación.
Derechos de la Niñez, Adolescencia y de los trabajadores
También se reconocen los derechos de la niñez y se establece que el Estado debe crear programas de prevención, protección, atención y educación para la niñez.
Se reconocen derechos para la adolescencia, porque se dice ahora en la Ley Superior que los adolescentes tienen derecho a formar sus propias organizaciones.
Estas reformas relanzan y potencian los derechos de los trabajadores, los derechos de la Clase Obrera, los derechos laborales, los derechos del campesinado al acceso a la tierra, al crédito; los derechos de los productores y de las productoras.
Derechos de las personas con Discapacidad
Estas reformas señalan que en Nicaragua se reconocen los derechos de todas las personas con discapacidad. No importa su causa. Es decir, no importa si son personas con discapacidad producto de la guerra o producto de un accidente laboral o de un accidente de tránsito, por razones biológicas o congénitas.
Se reconocen los derechos de todas las personas con discapacidad, personas con discapacidad físico motoras, personas con discapacidad sensorial, personas con discapacidad psicosocial. Todas las personas con discapacidad hoy están protegidas constitucionalmente.
Se reconocen los derechos de las personas adultas mayores, los derechos de los Emprendedores. Esa Economía Creativa que está sustentada por los emprendedores, por las micro, por las pequeñas, por las medianas empresas, estas reformas constitucionales las reconocen.
Se reconocen también los derechos de las mujeres y hombres asistentes del hogar.
Se reconocen los derechos de los artistas, los deportistas y los derechos de todas y todos los nicaragüenses sin ninguna discriminación.
Se fortalece el derecho a la educación. La Constitución originaria señalaba la educación gratuita para primaria y secundaria, pero ahora ésta reforma ha
ampliado la gratuidad. Se señala gratuidad para preescolar o educación Inicial, primaria y secundaria que ya estaba, educación técnica y tecnológica y educación superior. Es decir, educación gratuita para todos los niveles educativos.
También se agrega la calidad de la educación. Esto es infraestructura, contenido y mejoramiento de los procesos de enseñanza aprendizaje.
Se institucionaliza el Modelo de Salud Familiar y Comunitario
Se reafirma el derecho a la salud y se agrega el derecho a una salud de calidad.
Se institucionaliza el Modelo de Salud Familiar y Comunitario que el Gobierno Sandinista ha venido impulsando desde el año 2007. Un modelo de salud que
es integral, que es preventivo, que es atencional, que tiene programa de rehabilitación, de recuperación, de atención. Ese modelo en donde la salud va al barrio, en donde la salud va a la Comunidad, a la comarca, hasta el aposento, hasta la intimidad de la casa. Este Modelo de Salud hoy queda constitucionalizado.
Se agregan derechos de arte y cultura
Se agregan derechos como el derecho a todas las formas de arte y de cultura. Con estas reformas se reconoce el derecho al teatro, a la pintura, a la escultura, al mimo, a la poesía, a la literatura y el cine.
Todas las formas de cultura y arte están reconocidas. La danza en todas sus expresiones, el patrimonio cultural, la arqueológica, la riqueza culinaria, la riqueza de infraestructura, arquitectónica, etcétera. Todas las formas de cultura.
Se reafirman y se amplían los derechos de recreación, de seguridad alimentaria y nutricional. No estaba ese derecho en la Constitución originaria, los derechos de seguridad alimentaria y nutricional.
Se consolidan los derechos de seguridad social.
Constitucionaliza el derecho a los servicios básicos
Se plasman hoy el acceso a los servicios básicos. Se reconoce el derecho al acceso a la energía eléctrica, al agua potable, al transporte público, el acceso a la internet. Ojo, jóvenes, está constitucionalizado el derecho al acceso al internet
Asimismo, el derecho al saneamiento básico, el derecho a una vivienda digna, cómoda y segura.
El derecho a todas las formas de propiedad está garantizado y se establece que el Estado las va a estimular para luchar contra la pobreza.
Se constitucionaliza el Modelo de Economía Creativa Familiar. Queda estipulado que el Estado es el promotor de la Economía Familiar. Que esa economía es un pilar del Estado Revolucionario, del Estado Revolucionario como promotor de la innovación, el emprendimiento y la generación de fuentes de empleo para la consolidación del desarrollo sostenible.
La Bandera Roja y Negra símbolo patrio
Estas reformas incorporan como símbolo patrio la Bandera Roja y Negra de lucha antiimperialista del General Augusto C. Sandino y de la Revolución Popular Sandinista.
La Bandera roja y Negra queda estipulada, queda reconocida constitucionalmente como símbolo nacional, igual que lo es el Himno Nacional, igual que lo es la Bandera Azul y Blanco y el Escudo Nacional.
Esa Bandera Roja y Negra que existe desde hace muchísimos años. Esa Bandera Rojinegra que enarboló el General Sandino y que fue la bandera que luchó contra la bandera de los Estados Unidos. Esa bandera que expulsó al ejército norteamericano, que derrotó al ejército norteamericano. Esa bandera, como nos ha dicho el Comandante Daniel tantas veces, que ha protegido a la Bandera Azul y Blanco a lo largo de la historia.
Esa bandera que luego fue retomada por el Frente Sandinista de Liberación Nacional. Esa bandera que fue el símbolo, la fuerza simbólica espiritual de la lucha contra la dictadura de los Somozas y que finalmente esa bandera logró derrocar a la dictadura de los Somozas y que el 19 de julio de 1979 el pueblo de Nicaragua entero enarboló la Bandera Rojinegra. Es la bandera de la liberación, es la bandera de esta Revolución colectiva del pueblo de Nicaragua.
Policía Voluntaria y Fuerzas Militares de Reserva Patriótica
Estas reformas reconocen dos cuerpos voluntarios: la Policía Voluntaria como cuerpo auxiliar y de apoyo a la Policía Nacional, integrada por ciudadanas y ciudadanos nicaragüenses que presten servicios de forma voluntaria
El otro cuerpo voluntario son las Fuerzas Militares de Reserva Patriótica como parte del Ejército de Nicaragua, las cuales están integradas por oficiales en retiro o licenciamiento del Ejército o de cualquier ciudadano o ciudadana en voluntariado.
Ambas instituciones, la Policía Voluntaria y las Fuerzas Militares de Reserva Patriótica, son quienes en conjunto con la Policía Nacional y el Ejército de Nicaragua contribuyen con la estabilidad, la seguridad y la paz de la nación.
Leyes Constitucionales
Con estas reformas se reconocen cuatro leyes de naturaleza constitucional, cuatro leyes constitucionales: la Ley Electoral, la Ley de Emergencia, la Ley de Justicia Constitucional.
Esas tres leyes ya estaban reconocidas anteriormente, pero ahora se agrega una nueva ley como parte de las leyes constitucionales, que es la Ley de Autonomía de la Costa Caribe, que potencia y vigoriza los derechos de los pueblos originarios y afrodescendientes.
Se amplían a 6 años los cargos de elección popular
Con estas reformas constitucionales se amplía a 6 años todos los cargos de elección popular. De ahora en adelante la Presidencia de la República, las diputaciones y las autoridades municipales y regionales estarán 6 años en sus cargos
De igual manera, 6 años los cargos que son nombrados por la Presidencia de la República, por ejemplo: la Jefatura del Ejército, el Jefe del Ejército y el Jefe de la Policía Nacional, son 6 años.
Asimismo 6 años los cargos nombrados por la Asamblea Nacional. Es decir, los cargos de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Supremo Electoral, los miembros del Consejo de la Contraloría General de la República.
Aspecto histórico de las reformas
Todas las constituciones en el mundo y la Constitución de Nicaragua no es la excepción, define la naturaleza y el carácter del Estado. En algún momento de la historia la naturaleza del Estado era el Estado Colonial. Así lo decía la Constitución de Bayona y la Constitución de Cádiz, dos constituciones que regían nuestras tierras cuando todavía no éramos Estado.
Luego se vino definiendo otros tipos de Estado. Por ejemplo, cuando los conservadores estuvieron en el poder era el Estado Confesional, era el Estado ideológicamente oscurantismo, era el poder de la oligarquía, el poder de la Jerarquía de la Iglesia Católica. La jerarquía católica en la Constitución definía la
Política, el modelo económico, porque decía que el Estado era un Estado confesional y que la religión oficial del Estado era la católica. Así lo decía la Constitución.
Después, cuando gobernaron los liberales la Constitución decía que el Estado era liberal y la Constitución se definía como una Constitución Liberal, La Libérrima de 1893. Todos los historiadores al hablar de esa Constitución, hablaban de la Constitución liberal.
Cuando estuvo el somocismo era la Constitución Somocista, porque respondía a los intereses del somocismo.
Cuando gobernaron los neoliberales crearon el Estado Neoliberal. No lo hicieron por la vía constitucional porque no tenían los votos del Frente Sandinista de Liberación Nacional. Lo hicieron de manera inconstitucional por la vía de leyes secundarias, pero crearon el Estado Neoliberal, que significa más mercado y menos Estado. Es el debilitamiento, el resquebrajamiento y apuntaban a la extinción del Estado y a superponer el mercado y las empresas.
Ahora esta Constitución es Revolucionaria
Quien ha estado en el poder a lo largo de la historia define la naturaleza del Estado. Define conceptualmente su Constitución y su Estado. Ahora que es el pueblo el que ejerce el poder, la Constitución es una constitución Revolucionaria, porque es el pueblo el que la está redactando. Es el pueblo el que la está construyendo.
Si cuando gobernaban las élites definían al Estado como el Estado Liberal y así está en todos los libros de historia, no decían que era antijurídico, porqué van a decir que es antijurídico que definamos el Estado Revolucionario, el Estado donde el pueblo es quien ejerce el poder, el Estado donde la democracia es la
Democracia Directa, es la democracia popular, es la democracia del Poder del Pueblo.
Estas reformas garantizan todos los derechos para todas las personas, todos los derechos para todas las familias y comunidades, todos los derechos para toda la sociedad nicaragüense. Eso es el Estado Revolucionario.
Esas formas de definir la democracia, que es la democracia burguesa, la democracia de la élite, la democracia de unos cuantos, no es democracia. Demos=pueblo, cratos = poder. Democracia es el poder del pueblo. Esa democracia era una democracia de papel. Esa democracia electiva o representativa, en realidad no era democracia.
2007 se retomó Modelo de Pueblo Presidente
El modelo que en Nicaragua se empezó a construir en 1979, se vio interrumpido en 1990 y en el 2007 se retomó ese Modelo de Democracia, donde el pueblo ejerce la Presidencia, donde el pueblo legisla, donde el pueblo construye las políticas económicas y sociales del gobierno, de las municipalidades; donde el gobierno es un instrumento del pueblo. Pero realmente quien ejerce el poder es el pueblo.
Eso significa erradicación de la pobreza. Eso significa equidad, igualdad, justicia social, mejoramiento de las condiciones de vida, prosperidad colectiva, bien común. Eso significa las esperanzas y los sueños de nuestros héroes y heroínas hechos realidad.
El Comandante Daniel Ortega, Copresidente de la República y la compañera Rosario Murillo, Copresidenta de la República, han sido los líderes de este modelo, han sido quienes han encarnado, pregonado, impulsado, dirigido este modelo de bien común.
Es un momento histórico, porque la Constitución originaria de 1987 institucionalizó las grandes conquistas del pueblo en la Primera Etapa de la Revolución y estas reformas están institucionalizando las grandes transformaciones, logros y avances de la Revolución en esta Segunda Etapa.
No es que estas reformas las vamos a empezar a cumplir. No. Todas estas reformas ya se estaban cumpliendo desde el año 2007. Desde el año 2007 tenemos educación y salud gratuita. Desde el año 2007 se están protegiendo y restituyendo los derechos de todos los sectores de la sociedad.
Desde el año 2007 el Comandante Daniel lo anunció el Pueblo Presidente.
Lo que estamos haciendo ahora es escribiendo en el Texto de la Constitución lo que ya se venía desarrollando. Ahora queda institucionalizado este Estado moderno, este Estado que promueve la igualdad absoluta entre hombres y mujeres. Este Estado que hace realidad los derechos constitucionales.
Nota: Entrevista publicada el 4 de Marzo de 2025, realizada por Marcio Vargas, Programa Izquierda Visión, Canal 4.