Se cumplen 37 años del fallo de un juicio sin precedentes en la historia internacional, Nicaragua contra Estados Unidos de América en la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, culminando el 27 de Junio de 1986 con una nueva derrota del imperialismo contra Nicaragua; expulsados por Sandino, derrotados por el pueblo revolucionario y también por la vía legal.
Contexto histórico de la CIJ en la demanda nicaragüense
El 9 de Abril de 1984 Nicaragua introduciría una demanda ante la Corte Internacional de Justicia, en el “Palacio de la Paz” ubicado en La Haya, Países Bajos; dicho litigio buscaba demostrar la brutal intervención, amenazas y uso de la fuerza por parte de los Estados Unidos de América contra nuestra pequeña nación.
Este organismo jurídico internacional tuvo su creación en las postrimerías de la segunda guerra mundial, tras los acuerdos de las potencias aliadas (USA, URSS, Inglaterra), representantes de China y resto de gobiernos de la Alianza Antifascista Mundial, reunidas en Dumbarton Oaks, Washington en 1944, quienes darían el primer paso para la creación de un nuevo organismo internacional, el cual se formaría en 1945, conocido como Organización de las Naciones Unidas, para lo cual también se crearía una “Carta de las naciones unidas” y la “Corte Internacional de Justicia” ese mismo año.
Dicha corte sería la sucesora de la anterior Corte Permanente de Justicia Internacional, y fungiría como órgano judicial principal de la ONU, desde su creación se estableció un estatuto con que se rige la CIJ, siendo este parte de la carta de las naciones unidas y establece que: En caso de disputas sobre la jurisdicción de la CIJ, esta misma corte decidirá tal disputa (Art. 36,6 del estatuto), así mismo que las sentencias de la CIJ son de obligatorio cumplimiento, sin excepción (Art. 59 del estatuto y 94 de la carta), definitivas e inapelables (Art. 60 del estatuto).
Este sería el caso número 13 de Estados Unidos en la CIJ y la número 50 conocida por la corte, la cual es recordada como la que mayores expectativas ha generado y que sentaría actitudes sin precedentes de una nación contra la resolución de un organismo judicial internacional, tras el abandono y no reconocimiento de Estados Unidos a la jurisdicción de la CIJ.
Dignidad nacional contra el gigante imperial
Causas sobraban para que Nicaragua estableciera una demanda contundente contra el imperialismo yanqui, el terrorismo, asesinatos, destrucción económica y social generada en nuestro país por las intenciones norteamericanas eran obvias, presentarlas sería el trabajo del equipo legal nacional en la CIJ.
Dentro de las causas presentadas por Nicaragua se expresaría:
«Los Estados Unidos de América hacen uso de la fuerza militar contra Nicaragua e intervienen en sus asuntos internos en violación de su soberanía, de su integridad territorial y de su independencia política, así como de los principios más fundamentales y más universalmente reconocidos del Derecho Internacional». [1]
Por lo anterior, la defensa nicaragüense solicitó a la CIJ declarar que los Estados Unidos de América han reclutado, entrenado, equipado, financiado y dirigido acciones militares y paramilitares contra Nicaragua, violando nuestra soberanía con ataques armados, violaciones del espacio aéreo, marítimo, coerción e intimidación del gobierno legítimo; infringiendo la libertad de los mares e irrumpiendo el comercio pacífico, matando, hiriendo y secuestrando a ciudadanos nicaragüenses.
Debido a esto Nicaragua presentaría una solicitud de medidas provisionales de protección en la cuales se pedía el cese inmediato del uso de la fuerza, violaciones a la soberanía, apoyo, entrenamiento, suministro de armas, restricciones, bloqueos, muertes, lesiones y secuestros de nicaragüenses, así como la obligación de los Estados Unidos de América de pagar a Nicaragua en su propio nombre y como “parens patriae”* de los nicaragüenses, reparaciones por los daños sufridos por las personas, nuestros bienes y la destruida economía.
Rechazo yanqui ante la esperada derrota
El 6 de abril de 1984, días previos a la demanda de Nicaragua, el gobierno yanqui, a través del Secretario de Estado George Shultz, enviaría una carta al Secretario General de la ONU, a través de la cual basaría toda su defensa en las intenciones de modificar la aceptación obligatoria de la jurisdicción de la corte internacional de justicia sobre Centroamérica, un hecho sin precedentes, demostrando a la vez, la desesperación ante la venidera derrota imperialista, en la cual expresarían:
“La mencionada declaración no debe aplicarse a controversias con cualquier Estado Centroamericano o que se originen en Centroamérica; estas controversias se solucionarán en la forma que convengan las Partes en las controversias de que se trata».
Con esta acción los Estados Unidos dejarían en claro sus intenciones de no acatar cualquier fallo negativo emitido por la CIJ así como sus deseos de no participar en esta demanda; sin embargo la corte rechazaría tal solicitud yanqui, la cual no contaba ningún fundamento legal para ser aceptada.
A pesar de esto el gobierno yanqui participaría de la audiencia oral, en donde involucraría a otros países de Centroamérica, hablando a nombre de El Salvador, Honduras y Costa Rica, acusando a Nicaragua de realizar una “revolución sin fronteras” y de atacar a los países antes mencionados.
La corte indicaría al final de esta audiencia oral las medidas provisionales de protección a favor de Nicaragua el 10 de Mayo de 1984, medidas que serían ignoradas por el imperialismo.
Pruebas contra la agresión, abandono yanqui en La Haya
Un positivo comienzo de juicio para Nicaragua que debería ser complementado con la presentación de las llamas memorias del demandante y contra memorias del demandado, espacio para que Nicaragua pudiera mostrar las evidencias y alegatos necesarios para terminar de hundir la causa imperialista ante la CIJ.
Nicaragua entregó su memoria el 30 de Junio de 1984 y los Estados Unidos el 17 de Agosto; en estas demostraríamos que la jurisdicción de la CIJ se basa tanto en la declaración de Nicaragua de 1929, aún vigente, y la declaración de Estados Unidos de 1946, en las cuales ambas naciones aceptaron regir las disputas internacionales bajo los estatutos de la organización internacional de justicia designada por los acuerdos de las naciones amigas, primero La Corte Permanente de Justicia Internacional y luego la Corte Internacional de Justicia.
El 26 de Noviembre de 1984 la CIJ decide que tiene jurisdicción y que puede dar continuidad a la demanda, por lo cual los yanquis, jugando de victimas ofendidas, responden el 18 de Enero de 1985, rechazando a la corte y su jurisdicción, amenazando con no participar de ningún otro procedimiento, violando la carta de las naciones unidas.
Sin embargo, el gobierno de Estados Unidos, al participar de los primeros procesos, y presentar su contra memoria, había brindado todos los elementos necesarios para que la corte realizara el juicio y emitiera un veredicto, a pesar del abandono de los yanquis de las sesiones del juicio, o su negativa de aceptar cualquier fallo emitido.
Nicaragua por su parte presentó el 30 de Abril de 1985 una nueva memoria, con extensivas pruebas agregadas como anexos, donde se demostraba la violación del derecho internacional por parte de los Estados Unidos, a través de la formación del ejército terrorista llamado “Contras”, el minado de puertos, bloqueo de barcos comerciales y acciones terroristas contra la economía nacional, solicitando nuevamente el fin de estas violaciones y una indemnización por los daños causados.
Fallo histórico, Nicaragua victoriosa
La sentencia llegaría el 27 de Junio de 1986, en horas de la madrugada en Nicaragua, por la tarde en La Haya, una decisión presentada en 291 numerales, con 16 puntos resolutivos; un final lleno de expectativas, que generó el interés mundial por la inevitable derrota imperialista frente a una pequeñita, pero gigante nación centroamericana, este fallo condenaría ampliamente a los Estados Unidos de América y su actuación guerrerista e interventora.
En las decisiones de la CIJ se condenó el minado de puertos comerciales, el financiamiento a grupos armados terroristas paramilitares, el apoyo técnico, en equipamientos, armas, asesinatos, secuestros y lesiones en clara violación del derecho internacional, en perjuicio de Nicaragua; a su vez se estableció nuestro pleno derecho en la adquisición de armas, desarrollo de un ejército interno, así como las relaciones mutuas con otras naciones, aclarando también que la situación de los derechos humanos en Nicaragua no podía ser declarada como grave por los Estados Unidos en busca de por la fuerza “solucionar” el mismo.
Se hizo referencia a las intenciones de Estados Unidos de acusar a Nicaragua de forjar una “Dictadura Comunista Totalitaria”, ante lo cual la CIJ reafirmó la soberanía de las naciones al expresar:
“Sea cual sea la definición que se hace del régimen de Nicaragua, la adhesión de un Estado a una doctrina particular no constituye una violación del Derecho Internacional (…) Concluir de otra forma supondría privar de su sentido al principio fundamental de la soberanía de los Estados sobre el que reposa el Derecho Internacional, y la libertad que todo Estado tiene de elegir su sistema político, social, económico y cultural”. [2]
Para culminar, el fallo incluyo la tan justa indemnización a Nicaragua, con la cual se repararía un poco el daño económico y material causado sobre nuestra nación, más no así el daño social y humano; se estableció la suma de 17 mil millones de dólares americanos a ser pagados al Gobierno de Nicaragua.
Sin dudas, la presentación de Nicaragua en esta demanda representó uno de los casos más importantes de la historia jurídica internacional, el nivel de detalle en las miles de página de pruebas presentadas en 6 volúmenes por nuestra parte, representa hasta el día de hoy uno de los casos más minuciosos y caracterizados de una nación contra otra.
Nicaragua venció al imperialismo, lo hemos hecho con las armas contra sus rangers y marines, también por las armas contra sus esbirros somocistas y por la ley ante la Corte Internacional de Justicia, y aunque el gobierno yanqui sigue sin cumplir con el fallo, seguiremos recordando esta deuda histórica para con nuestro pueblo, en lo económico y moral; siendo Nicaragua libre y soberana, rechazando en cualquier ocasión las intervenciones imperialistas.
Patria Libre…
Escrito por Alonso.
*Término jurídico que describe la necesidad del Estado de asegurar el bienestar de los demás o de actuar como guardián de los que necesitan atención.
Referencias:
[1] [2] Caso Relativo a las Actividades Militares y Paramilitares en Nicaragua y contra Nicaragua (Nicaragua contra los Estados Unidos de América) (Fondo del Asunto) https://www.dipublico.org/cij/doc/79.pdf
[3]https://www.el19digital.com/articulos/ver/titulo:43513-30-anos-de-la-demanda-que-nicaragua-le-gano-a-estados-unidos-en-la-haya